Testamentería

Cuando una persona fallece sus directos allegados tienen que hacer una testamentaría de las cuentas bancarias que tuviera para conocer su importe y liquidarlas. El Banco de España recomienda a las entidades financieras actuar diligentemente en esos trámites y en las formalidades de la liquidación de las cuentas bancarias de los fallecidos para no perjudicar a ningún heredero.

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